Emas

Sistema de gestión ambiental: Su importancia para la administración local

Actualmente las cuestiones ambientales despiertan una amplia sensibilidad social, demandando actuaciones preventivas y de mejora en esta materia, que contribuyen a planteamientos encaminados a un nuevo modelo de desarrollo económico: el desarrollo sostenible.

En este sentido, es necesario que las instituciones públicas adopten algún tipo de herramienta de gestión ambiental en el desarrollo de sus actividades. Las herramientas existentes para la protección ambiental pueden tener carácter obligatorio o voluntario:

  • Obligatorias: Dirigidas a la corrección, Legislación.
  • Voluntarias: Encaminadas a la prevención: Acciones aisladas, Políticas ambientales, buenas prácticas, Ecoauditorias, Reglamentos y Normas de adhesión voluntarias.

Con implantación en el mercado, ya se dispone de instrumentos voluntarios que establecen modelos de implantación de sistemas de gestión ambiental (SGM) EVALUABLES que con similares metodologías, como son el Reglamento EMAS o ISO 14.001:96, que pueden llegar a certificar un comportamiento ambiental responsable de las organizaciones que los adaptan.

Desde el seno de la Administración Local, con importantes competencias de gestión, y dada su cercanía al ciudadano, es importante que estas reflexiones lleven a un conocimiento de las herramientas que pueden ser utilizadas para mejorar la gestión municipal, con la planificación y seguimiento de una política ambiental.

El sistema de gestión Ambiental es una herramienta para promover y reforzar la contribución de la organización municipal hacia el desarrollo sostenible.

La gestión ambiental municipal es una manifestación de la modernización administrativa que definitivamente se perfila como uno de los objetivos prioritarios de la política ambiental europea. En este marco se ha trabajado en la implantación de EMAS, con el propósito de ayudar a la cada vez más necesaria definición de una política ambiental y valoración de un conjunto de objetivos, prioridades y principios de acción para la gestión ambiental de los ayuntamientos.

SISTEMA COMUNITARIO DE GESTIÓN Y AUDITORIA AMBIENTALES. EMAS.

OBJETIVO

Promover mejoras continuas del comportamiento ambiental de todas las organizaciones europeas y la difusión de la información pertinente al público y otras partes interesadas.

MEDIDA COMUNITARIA

Reglamento (CE) n° 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría ambientales (EMAS).

CONTENIDO

El objetivo del nuevo sistema comunitario de gestión y auditoría ambientales (EMAS) es promover la mejora del comportamiento ambiental de las organizaciones de todos los sectores mediante:

  • El establecimiento y la aplicación, por parte de las organizaciones, de sistemas de gestión ambiental
  • La evaluación objetiva y periódica de tales sistemas.
  • La formación y participación activa del personal de las organizaciones.
  • La información al público y otras partes interesadas.

ALGUNOS REQUISITOS EMAS

  1. Análisis ambiental inicial: Sirve como elemento diagnosis de nuestra actividad, comenzamos con datos.
  2. Cumplimiento de la legislación: Primero cumplimos, luego exigimos. Debemos dar ejemplo.
  3. Evaluación de aspectos ambientales directos e indirectos: Claramente la administración es una empresa de servicios, principal cliente la ciudadanía, influencia indirecta de nuestras actividades.
  4. Control operativo de todas las actividades: Todas las actividades del departamento están procedimentadas, optimizadas y controladas, siempre se incluyen criterios ambientales en las mismas.
  5. Comportamiento ambiental de la organización: Mejora continua necesaria, el compromiso debe ser real y se debe demostrar.
  6. Comunicación y relaciones externas: Obligatorio informar a la ciudadanía, información publica, implicación de la ciudadanía y de los proveedores.
  7. Implicación trabajadores: Concienciación e implicación de toda la organización.
  8. Auditorias del Sistema y del comportamiento ambiental: Se establecen las auditorias a realizar periodicamente, se comprueba que se cuplen los requisitos del sistema y la evalución de la organización. Evaluación sistemática, objetiva y periódica.
  9. Declaración Medio ambiental validada y registrada: Información ambiental publica, resultados del sistema públicos.